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Friday, 19 April 2024
 
 
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Contrato General de Nombres de Dominio

De una parte, Juan Carlos Giménez Moncada (en adelante se le denominará por el signo distintivo protegido ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, con nº de expediente N-262682, "Socket Sistemas Informáticos Alternativos") con NIF: 34790336-F y domicilio social en la Avda. Ciudad de Almería nº 15, 5 Escalera 1ºB de Murcia, 30002 (Murcia).

De otra parte, el contratante (en adelante cliente), persona física o jurídica que contrata los servicios, con los datos exigidos y con el que Socket Sistemas Informáticos Alternativos establece una actividad comercial a través de este contrato. El cliente conoce, entiende y acepta libremente, tras informarse de las características del servicio, el presente contrato.

Ambas partes, Socket Sistemas Informáticos Alternativos y cliente, están interesadas en formalizar el presente contrato aceptando los términos y condiciones establecidos en las siguientes

CLAUSULAS

1º DEFINICIONES

Cliente: quien solicita los servicios. No tiene porque coincidir con la persona del titular del Nombre de Dominio. En cuyo caso, por ser intermediario entre el registrador y el titular deberá poner en conocimiento de éste último al menos las obligaciones que éste asume por obtener dicha titularidad respecto del registrador competente.

Titular y/o Registrante: Persona física o jurídica que adquiere el derecho a utilizar el ND elegido durante el periodo determinado por el Registrador Competente.

Contrato: las cláusulas recogidas en este documento, el formulario de contratación, así como la información adicional que sobre el servicio particular figura en la Web de Socket Sistemas Informáticos Alternativos.

Además se tendrá en cuenta que la NORMATIVA ESTABLECIDA POR LOS REGISTRYS COMPETENTES SERÁ DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO y, por ello, puede condicionar la manera de prestar el servicio por parte de Socket Sistemas Informáticos Alternativos y servirá de interpretación para las cláusulas de este contrato.

Para ello, le informamos de las URLs donde puede consultar las normativas correspondientes:

http://www.verisign-grs.com/
http://www.neulevel.biz/
http://www.pir.org/
http://www.website.ws/
http://www.afilias.info/gateway/index_html
http://www.eurid.eu

Nombre de Dominio (ND): conjunto de caracteres que mediante el DNS identifica una dirección (IP) en Internet.

Registrador (Registrar): Entidad Nacional o Internacional, pública o privada, autorizado por la ICANN para gestionar ND y publicar, a través de whois, la información solicitada del titular, contactos y DNS de los dominios que administra. El listado de registradores competentes se encuentra en http://www.icann.org/registrars/accredited-list.html.

Registry: Entidad pública o privada, autorizada por la ICANN que gestiona y mantiene la Base de datos correspondiente a cada ND de primer nivel (Top Level Domain).

EURid: Organización sin ánimo de lucro, debidamente constituida, seleccionada por la Comisión Europea para gestionar el dominio de primer nivel .eu

ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers): corporación sin ánimo de lucro formada para asumir, entre otras funciones, la responsabilidad sobre la localización de las direcciones IP, la asignación de protocolo, la dirección de sistemas de ND y de servidores; en definitiva, asegurar el funcionamiento y estabilidad en la red.

WHOIS: instrumento interactivo de acceso público en Internet que facilita información sobre la titularidad, datos de contacto y disponibilidad de un ND o una dirección IP.

Área de cliente (AC): Se trata de una herramienta informática implementada por Socket Sistemas Informáticos Alternativos que se adjudica a cada cliente, que le permite controlar y gestionar los servicios contratados.

Login y contraseña: se trata de un sistema de autentificación para el acceso al Área de Cliente que garantiza que el acceso a esta herramienta sea segura, fiable, veraz y siempre provenga de los clientes.


2º OBJETO

El presente contrato tiene por objeto regular las condiciones en las que el cliente solicita el registro o cambio de registrador o traslado con cambio de registrador de un ND de segundo nivel genérico bajo .com, .net, .org, .biz y .info, así como el registro o traslado de un ND de segundo y/o tercer nivel territorial bajo .es, así como el registro o traslado de un ND bajo .eu a través de Socket Sistemas Informáticos Alternativos. Además, regula las condiciones y la forma de remuneración del cliente a Socket Sistemas Informáticos Alternativos por el servicio prestado.

Socket Sistemas Informáticos Alternativos actúa como intermediario entre el cliente (y/o titular, en su caso) y el Registrador, sometiéndose a los procedimientos y a las limitaciones que la ICANN y los órganos competentes determinen.

3º REGISTRO, TRASLADO, CAMBIO DE REGISTRADOR Y RENOVACIÓN DE LOS ND.

3.1 El servicio contratado en virtud del presente contrato comprende el compromiso por parte de Socket Sistemas Informáticos Alternativos de realizar las gestiones correspondientes encaminadas al:

  • Registro, traslado o cambio de registrador del ND genérico de segundo nivel bajo .com, .net, .org, .biz y .info elegido por el cliente, así como las renovaciones del mismo mientras el cliente así lo desee.
  • Registro, traslado y renovación de los ND territoriales de segundo y tercer nivel, bajo .es, atendiendo al Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (“.es”). Respetando para cada momento, las normas y plazos establecidos por la entidad encargada de los registros, la Entidad Pública Empresarial RED.ES.
  • Registro, traslado y renovación de los ND .eu, atendiendo al Plan Europeo de nombres de dominio de internet bajo el código correspondiente Europeo (".eu"). Respetando en cada momento, las normas y plazos establecidos por la entidad encargada de los registros, EURID.


3.2 El cliente reconoce que corresponde a Socket Sistemas Informáticos Alternativos efectuar la solicitud correspondiente ante los organismos competentes, pero la concesión, el traslado o la renovación de dicho ND es responsabilidad exclusiva del Registry competente.

3.3 El cliente reconoce que la titularidad y responsabilidad última sobre el ND recae sobre quien se incluye como titular del ND.

3.4 La notificación al cliente, sobre el hecho de que su solicitud se ha efectuado con éxito ante el Registrador competente, se realizará en la dirección e-mail que el cliente especifique como dirección de contacto de cliente.

3.5 Renovación de un ND: Una vez registrado o trasladado el ND con cambio de registrador a los servidores de Socket Sistemas Informáticos Alternativos será éste quien se encargue de la renovación de los mismos, cobrando el precio determinado al efecto según lo dispuesto en la cláusula 4.5 de este contrato.

Socket Sistemas Informáticos Alternativos no será responsable de que las renovaciones no se realicen satisfactoriamente por causas imputables a los organismos competentes.

3.6 Traslado y Cambio de Registrador: Si el cliente ya tuviera registrado un ND de segundo nivel bajo .com, .net, .org, .biz y .info alojado en los servidores de otro proveedor deberá solicitar un traslado del ND a los servidores de Socket Sistemas Informáticos Alternativos y un cambio de registrador.

El titular y/o cliente se compromete a no cambiar de Registrador en un plazo de 60 días a contar desde que se realizó el registro inicial o se produjo el último cambio de registrador.

En uno y otro caso Socket Sistemas Informáticos Alternativos no asegura el cambio de registrador debido a que es el antiguo registrador quien debe facilitar la autorización final.

El precio será el indicado en la cláusula 4 de este contrato.

3.7 Cambio de titularidad y otros datos del ND: La prestación de estos trámites exige que el cliente cumpla los requisitos y gestiones solicitadas por Socket Sistemas Informáticos Alternativos, además de remitir la documentación necesaria según las indicaciones del Registrador competente.

El cliente será informado, adecuadamente, del procedimiento a seguir y de las tasas del mismo, que puede variar según el Registry competente.

El precio de la gestiones realizadas por Socket Sistemas Informáticos Alternativos para llevar a cabo estas actuaciones queda reflejada en la cláusula 4 de este contrato.

3.8 Al presentar la solicitud para el registro o traslado de un ND, cambio de titularidad y otros datos, cambio de registrador, etc. el titular del ND (registrante) consiente directamente y autoriza la recogida y la cesión al órgano competente, así como el procesamiento y publicación de los datos relacionados con la información pública de whois: nombre de cliente, dirección postal, dirección de correo electrónico, fax, número de teléfono, etc., para sí mismo, para el contacto de técnico y para el contacto administrativo, tal y como exige el Registrador competente.

3.9 El cliente autoriza el procesamiento y la cesión a terceros de los datos contenidos en la solicitud para el registro de un nombre de dominio .eu, por parte de EURid, en los siguientes casos:
  1. Si lo ordena un organismo público en el ejercicio de sus tareas legítimas.
  2. A petición de los Proveedores de Servicios de Solución Alternativa de Controversias, mencionados en la sección 16 de los Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu publicados en http://www.eurid.eu/ o
  3. Según lo establecido en la sección 2 (Función de búsqueda Whois) de la política Whois de dominios .eu, publicada en: http://www.eurid.eu/.
En los casos que la persona del titular del ND no coincida con el cliente será éste el obligado a recabar el consentimiento del primero de la obligación, entre otras, la referida en el apartado anterior responsabilizándose en último término de todas las consecuencias que el no cumplimiento de esta obligación pudiera generar.

4º PRECIO DEL REGISTRO, TRASLADO, CAMBIO DE REGISTRADOR, RENOVACIÓN DE ND Y FORMA DE PAGO.

4.1 Registro:

  • El precio por el registro de cada ND genérico, objeto de este contrato es de 14.95 euros por año.
  • El precio por el registro territorial de segundo nivel bajo .es, objeto de este contrato es de 19,95 euros por año completo.
  • El precio por el registro de cada ND territorial de tercer nivel .com.es, .nom.es y org.es, objeto de este contrato es de 9,95 euros por año completo.
  • El precio por el registro de cada ND genérico Europeo .eu, objeto de este contrato es de 19,95 euros por año completo.


4.2 Renovaciones: El precio por la renovación de cada ND genérico, genérico Europeo .eu, territorial de segundo nivel bajo .es y el de cada ND territorial de tercer nivel .com.es, .nom.es y org.es objeto de este contrato, es el mismo que el precio de registro por año completo, salvo modificación de las tasas por los Registradores competentes, en cuyo caso se notificará con la antelación suficiente.

4.3 Traslado de ND y Cambio de Registrador: El precio por el traslado y cambio de registrador de cada ND genérico de segundo nivel bajo .com, .net, .org, .biz y .info, hacia nosotros es de 14,95 euros. El precio por el traslado y cambio de registrador de cada ND genérico europeo .eu, hacia nosotros es de 19,95 euros. El pago de esta cantidad prorroga automáticamente la vigencia del ND por un año. En el caso de los  dominios territoriales de segundo o tercer nivel .es es de carácter gratuito.

4.4 Cambio de titularidad y otros datos del ND: El precio de estos trámites queda sujeto a las indicaciones establecidas por Socket Sistemas Informáticos Alternativos, según el Registry competente, al informar del procedimiento a seguir por el cliente.

4.5 Las cantidades mencionadas en los distintos apartados de este contrato están sujetas a los impuestos correspondientes.

4.6 FORMA DE PAGO:

El pago de los servicios objeto de este contrato es POR ADELANTADO y se realizará mediante  transferencia o domiciliación bancaria a Socket Sistemas Informáticos Alternativos.

La renovación se paga por adelantado, mediante transferencia bancaria o domiciliación bancaria según la forma de pago elegida como preferente por el cliente. En el caso de renovación Socket Sistemas Informáticos Alternativos informará de este hecho al cliente antes del vencimiento del ND, para asegurar la tramitación eficaz de dicha renovación. Si no se realiza el pago con la antelación exigida por Socket Sistemas Informáticos Alternativos, éste no será responsable de la pérdida del mismo que este hecho pueda acarrear.

Los datos necesarios para realizar la transferencia bancaria se facilitan vía E-Mail a la contratación del servicio cuando se elige esta opción de pago.

El pago por transferencia bancaria lleva un cargo adicional de 2 euros más IVA en concepto de gastos de gestión. Además el cliente deberá remitir por E-Mail, el justificante de pago.

Los datos necesarios para realizar la domiciliación bancaria se facilitarán vía E-Mail a la contratación del servicio cuando se elige esta opción de pago.

Socket Sistemas Informáticos Alternativos no iniciará las gestiones relativas a la solicitud correspondiente mientras no reciba el importe por estos servicios a través de cualquiera de los medios de pago indicados.

4.7 Socket Sistemas Informáticos Alternativos emitirá la factura correspondiente con detalle de todos los conceptos que conforman dicha factura.

4.8 Socket Sistemas Informáticos Alternativos remite sus facturas vía E-Mail con plena validez legal.

4.9 Por cada devolución bancaria que se produzca por causas imputables al cliente, Socket Sistemas Informáticos Alternativos cobrará una tarifa adicional de 3 euros más IVA. Socket Sistemas Informáticos Alternativos no será responsable de que dicho impago suponga el no registro y/o la no renovación del ND.

4.10 La cuantía de los precios estipulados en la web www.socket.es y recogidos en este contrato podrá ser objeto de revisión y modificación por parte de Socket Sistemas Informáticos Alternativos.

En tal caso se notificará a los clientes antes de que se vean afectados por la variación en la siguiente factura que se les emita (renovación del ND), de manera que si no estuviera de acuerdo en aceptar dicho cambio ejercite el derecho a resolver el presente contrato y, por lo tanto, causar baja de su servicio si se mantuviera en su no aceptación del nuevo precio.

5º ENTRADA EN VIGOR, DURACIÓN Y PRÓRROGA

5.1 El presente contrato entrará en vigor cuando realice el pago del servicio solicitado y se suscribe para un periodo mínimo de un año, contado de fecha a fecha. En el caso de traslado con cambio de registrador el año comenzará a contar a partir de la fecha de vencimiento del ND objeto del servicio que figura en el WHOIS.

5.2 Los efectos del servicio objeto de este contrato, finalizada la duración determinada en el párrafo anterior, quedarán prorrogados y se realizarán los trámites de renovación siempre que notificado el cliente del vencimiento del plazo de expiración del ND, éste no se oponga a los trámites y pague la renovación con la antelación dispuesta en la cláusula 4 de este contrato.

6º OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE Socket Sistemas Informáticos Alternativos.

6.1 Socket Sistemas Informáticos Alternativos actúa como intermediario ante los órganos competentes y el cliente (y/o titular) realizando las gestiones oportunas para el registro, traslado, cambio de registrador y renovación del ND, según el caso.

6.2 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no se responsabiliza de que el ND elegido, aún estando disponible en el momento de celebrar el presente contrato, sea efectivamente registrado. Tampoco se responsabilizará de que la renovación sea efectivamente realizada aún cuando se hayan realizado, por parte de Socket Sistemas Informáticos Alternativos todas las gestiones oportunas y establecidas por los Registradores competentes.

Socket Sistemas Informáticos Alternativos sólo responderá en aquellos casos en los que el registro o la renovación no llevada a efecto sea consecuencia de una actuación negligente de Socket Sistemas Informáticos Alternativos. En estos casos, Socket Sistemas Informáticos Alternativos realizará las gestiones oportunas para registrar otro ND que sea solicitado por el titular afectado o a petición del cliente se le devolverá la cantidad de dinero que hubiera adelantado para la obtención de este servicio.

Por lo tanto, el cliente y/o titular del ND renuncia expresamente a reclamar cualquier responsabilidad, contractual o extracontractual, daños y perjuicios a Socket Sistemas Informáticos Alternativos, al registrador competente y al Registry correspondientes por no obtener el registro o la renovación del ND afectado, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que le pudieran corresponder ante el organismo competente.

6.3 Ni Socket Sistemas Informáticos Alternativos, ni el registrador competente serán, en ningún caso, responsables por la vulneración de derechos de propiedad intelectual o industrial, o de cualesquiera otros derechos o intereses legítimos que puedan derivarse del registro o renovación de un ND solicitado por el cliente.

6.4 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no es responsable de aquello que le sea exclusivamente imputable al cliente y/o titular, ni aquello que sea imputable a la actuación del Registrador competente, así como de los errores que resulten del proceso de registro.

6.5 Socket Sistemas Informáticos Alternativos y el Registry correspondiente  se reservan el derecho de suspender o cancelar el nombre de dominio del cliente y/o titular cuando el mismo sea utilizado para enviar publicidad comercial no solicitada en contradicción con cualquier norma aplicable o con cualquier política admisible de uso consuetudinario de Internet, o si el titular usa el nombre de dominio para realizar actividades ilegales.

6.6 Si el cliente y/o titular incumple cualquiera de las obligaciones contenidas en este contrato, tanto Socket Sistemas Informáticos Alternativos como el Registry correspondiente se reservan el derecho de suspender o cancelar el nombre de dominio del titular.

6.7 Socket Sistemas Informáticos Alternativos se exonera de toda responsabilidad por las consecuencias que la falta de operatividad de la dirección e-mail de contacto del cliente puedan producir, así como por la falta de comunicación del cambio de dirección o por la desinformación que alegue el cliente debido a su propia negligencia a la hora de mantener activo este dato.

6.8 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no garantiza la utilidad de la elección del ND para la realización de ninguna actividad en particular.

7º DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE (Y/O TITULAR EN SU CASO)

7.1 El cliente debe cumplir con todos los términos y condiciones de este contrato en el ejercicio de su actividad profesional, además deberá actuar lealmente y de buena fe. ESPECIALMENTE DEBE CUMPLIR LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE TODAS LAS OBLIGACIONES QUE CORRESPONDAN AL TITULAR DEL ND Y RECABAR EL CONSENTIMIENTO DE ÉSTE, CUANDO ASÍ SE SOLICITE POR LAS ENTIDADES COMPETENTES, para aquellos casos en que no coincida con la persona o entidad que figura como cliente.

7.2 El cliente debe satisfacer la remuneración detallada en la cláusula 4 de este contrato.

7.3 En virtud de este contrato, la persona que aparece como titular del ND (sea o no el cliente) adquiere únicamente el derecho a utilizar el ND a efectos de direccionamiento en el sistema de ND de Internet durante el periodo determinado por el Registrador Competente y asume todas las obligaciones que se desprenden a lo largo de este contrato así como las indicaciones de las normas establecidas tanto por el registrador competente como por el Registry correspondiente como por la ICANN en esta materia.

El cliente asume la plena responsabilidad y el riesgo con carácter exclusivo de que la solicitud sea conforme con la política de nombres del Registrador competente en cada momento y para cada caso.

7.4 El cliente y/o titular, en su caso, es el único responsable de la elección del ND y del uso del mismo, eximiendo a Socket Sistemas Informáticos Alternativos de cualquier tipo de responsabilidad derivada de estos actos.
Además garantiza a Socket Sistemas Informáticos Alternativos que el ND elegido no se registra con propósitos ilícitos ni lesiona los derechos de propiedad intelectual e industrial u otros derechos e intereses legítimos de terceros.

7.5 Ante cualquier controversia surgida sobre los derechos de uso del ND elegido, el titular y/o el cliente, en su caso, acepta resolverlos a través de las instancias y procedimientos establecidos por el Registrador competente según el caso, tal y como se recoge en la cláusula 8 de este contrato.

7.6 El cliente y/o titular, en su caso, del ND deberá cumplir, en todo momento, con los requisitos exigidos por el Registrador competente, por el Registry correspondiente y por la ICANN. En virtud de lo anterior, el titular y el cliente subsidiariamente asumen en exclusiva las consecuencias que se deriven del incumplimiento de los mencionados requisitos, cuando dicho incumplimiento le sea imputable. En consecuencia el cliente debe informar al titular en caso de no coincidir en la misma persona o entidad.

Además, el cliente y/o titular de un nombre de dominio .eu declara que conoce, acepta y deberá cumplir, en todo momento, con los requisitos exigidos por los Términos y Condiciones de registro de nombres de dominio .eu, junto con la Política de Registro, las Normas de Solución de Controversias del dominio .eu y los Reglamentos. Respetando para cada momento, las normas y plazos establecidos por la entidad encargada de los registros, EURid.

7.7 El cliente y/o el titular declara y garantiza que toda la información suministrada a Socket Sistemas Informáticos Alternativos es completa y correcta. Asimismo, deberá comunicar inmediatamente a Socket Sistemas Informáticos Alternativos cualquier modificación de dicha información.

7.8 El cliente se obliga a mantener operativa, activa y actualizada la dirección e-mail proporcionada en el formulario de contratación para las comunicaciones con Socket Sistemas Informáticos Alternativos, ya que constituye el medio de comunicación preferente de Socket Sistemas Informáticos Alternativos para la gestión ágil y fluida en la prestación del servicio solicitado.

7.9 El cliente y/o el titular es responsable del cumplimiento de las leyes, reglamentos y reglas en vigor que tienen que ver con el funcionamiento del servicio on line, comercio electrónico, derechos de autor, mantenimiento del orden público, así como principios universales de uso de internet.

7.10 Se prohíbe el uso de los nombres de dominio contrario a la buena fe y, en particular, de forma no exhaustiva:

  • La utilización que resulte contraria a las leyes españolas o que infrinja los derechos de terceros.
  • La publicación o la transmisión de cualquier contenido que, a juicio de Socket Sistemas Informáticos Alternativos, resulte violento, obsceno, abusivo, ilegal, racial, xenófobo o difamatorio.
  • Los cracks, números de serie de programas o cualquier otro contenido que vulnere derechos de la propiedad intelectual de terceros.
  • La recogida y/o utilización de datos personales de otros usuarios sin su consentimiento expreso o contraviniendo lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • La utilización del nombre de dominio, de su servidor de correo y/o de sus direcciones de correo electrónico con fines de spam, mail bombing, phishing, escrow fraud, scam 419, pharming, difusión de virus (troyanos, gusanos, etc.), o cualquier otro tipo de actividad realizada con ánimo saboteador, fraudulento o delictivo.


7.11 EN EL CASO DE NO COINCIDIR LAS PERSONAS DEL CLIENTE Y DEL TITULAR SI SOCKET SISTEMAS INFORMÁTICOS ALTERNATIVOS O EL REGISTRADOR RECIBE UNA SOLICITUD DEL CLIENTE Y OTRA DISTINTA DEL TITULAR (debidamente acreditado) SOBRE EL MISMO ND, SEA DE LA NATURALEZA QUE SEA LA PETICIÓN, INCLUSO EN EL CASO DE QUE SÓLO RECIBA PETICIÓN DEL TITULAR, EL CLIENTE CONSIENTE Y ACEPTA QUE SOCKET SISTEMAS INFORMÁTICOS ALTERNATIVOS ATIENDA LA PETICIÓN DEL TITULAR YA QUE QUIEN TIENE EL DERECHO DE USO Y LAS OBLIGACIONES REFERIDAS AL USO RESPECTO DE LAS ENTIDADES COMPETENTES EN ESTA MATERIA ES EL TITULAR.

7.12 El titular y/o el cliente, en su caso, autoriza y consiente que el registrador competente, anualmente, se ponga en contacto con el titular para que éste verifique que todos los datos existentes en la base de datos pública whois sean correctos. Además el titular se compromete a que en el caso de que la información existente en esta base de datos no sea veraz, procederá, a la mayor brevedad, a la actualización de la misma, ya que proporcionar intencionadamente información incorrecta constituye una infracción material del contrato y será la base de la cancelación de su ND.

7.13 El cliente, con la aceptación del presente contrato, consiente expresamente el envío de las facturas relativas al servicio contratado a través de medios telemáticos, tal y como señala la normativa vigente en esta materia.

7.14 Además el cliente y, en su caso, el titular asume cuantas obligaciones se deriven de las demás cláusulas de este contrato y que no se han contemplado en la presente cláusula.

8º RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE ND

8.1 El cliente y/o titular se compromete a aceptar cualquier posible requerimiento de arbitraje por la titularidad de un ND y a someterse a la Normativa reguladora de resolución de conflictos de ND (Política uniforme de solución de controversias) aprobada por la ICANN el 24 de octubre de 1999 (http://www.icann.org/udrp/udrp.htm).

Esta normativa reguladora de la resolución de conflictos de ND (DOMAIN NAME DISPUTE RESOLUTION POLICY) vincula a este Contrato y expone los términos y las condiciones con respecto a un conflicto entre el titular y otra parte, distinta de Socket Sistemas Informáticos Alternativos sobre el registro y uso de un ND de Internet registrado por el cliente y/o titular.

Para los nombres de dominio territoriales bajo .es, el titular deberá sujetarse de forma obligatoria, al procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo .es, establecido por la entidad encargada de sus registros, la Entidad Pública Empresarial RED.ES. Este procedimiento se encuentra disponible para su consulta en https://www.nic.es/documentacion/lasleyes.html

Para los nombres de dominio Europeos .eu, el titular deberá sujetarse de forma obligatoria, al procedimiento de resolución de controversias ADR bajo .eu, establecido por la entidad encargada de sus registros, la Entidad sin ánimo de lucro EURID. Este procedimiento se encuentra disponible para su consulta en http://www.adreu.eurid.eu

8.2 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no se responsabilizará de los perjuicios que se puedan ocasionar si un ND se encontrara inmerso en un proceso de resolución de conflictos, tanto a nivel de funcionamiento técnico como administrativo.

8.3 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no actuará como árbitro para resoluciones de disputas entre el solicitante y terceras personas por el uso del ND.

9º TERMINACIÓN

9.1 El contrato finalizará cuando, además de las causas legalmente establecidas y las dispuestas en las distintas cláusulas de este contrato, concurra alguna de las siguientes:

  1. Mutuo Acuerdo.
  2. Finalización del período inicial de duración o de las sucesivas renovaciones, o por cambio de un Registrador de ND externo a Socket Sistemas Informáticos Alternativos.
  3. Resolución por incumplimiento de alguna de las partes, incluso por el titular del ND cuando éste sea distinto del cliente, de las obligaciones derivadas del Contrato y de la normativa correspondiente y que a cada parte le conciernen.
  4. Cuando en cumplimiento de una resolución arbitral definitiva de conflictos de ND se determine que dicho nombre pertenece a persona distinta del cliente o titular unido por este contrato.

9.2 En caso de resolución del contrato, por las causas anteriormente citadas o cualesquiera otras admitidas en derecho, el cliente y/o titular deberá cumplir las obligaciones asumidas con anterioridad a la resolución del contrato frente a Socket Sistemas Informáticos Alternativos y frente a terceros.

10º POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

10.1 Socket Sistemas Informáticos Alternativos adopta las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

10.2 Socket Sistemas Informáticos Alternativos, observando la normativa vigente en esta materia, informa de que los datos personales que se recogen a través de los formularios de contratación se incluyen en ficheros automatizados específicos de la empresa para el cumplimiento de los servicios, así como para el desempeño de las tareas de información, comercialización y otras actividades propias de la empresa.

10.3 En cuanto a los datos recogidos para el registro del ND o renovación, en cumplimiento del art. 11.2 de la LOPD, le informamos de que éstos son facilitados a la Autoridad competente encargada del registro del ND correspondiente (empresas internacionales con distinto nivel de protección de datos) con la única finalidad de dar cumplimiento a este contrato.

10.4 EL CLIENTE SE OBLIGA A RECABAR LA AUTORIZACIÓN DEL TITULAR PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS DATOS Y LA TRANSMISIÓN DE LOS MISMOS CUANDO ÉSTE NO COINCIDE CON LA PERSONA DEL CLIENTE. Será responsabilidad del cliente cuantas reclamaciones pudieran producirse por no obtener las autorizaciones establecidas en este contrato.

El cliente manifiesta que ha obtenido la autorización del titular del ND para que a) sus datos, por motivos técnicos y operativos, sean transferidos, publicados, procesados y almacenados en los organismos competentes, b) LA PUBLICACIÓN DE LOS DATOS RELATIVOS A LA TITULARIDAD DEL ND Y DE LOS CONTACTOS ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y DE PAGO QUE, SEGÚN LA NORMATIVA, DEBEN SER PÚBLICOS Y ACCESIBLES DESDE EL WHOIS DE LOS REGISTRADORES COMPETENTES.

10.5 El interesado podrá, en cualquier momento, ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación reconocidos en la citada LOPD por E-Mail o correo postal.

10.6 Socket Sistemas Informáticos Alternativos no se hace responsable del incumplimiento por parte del cliente de la LOPD en aquello que a su actividad le corresponda y que se encuentre relacionado con la ejecución de este contrato.

10.7 El cliente manifiesta que todos los datos facilitados por él y/o titular son ciertos y correctos, y se compromete a mantenerlos ciertos, la actualización de los cambios que puedan producirse podrá realizarlos enviando un mensaje por E-Mail o correo postal. El Cliente y/o titular responderá de la veracidad de sus datos y será el único responsable de cuantos conflictos o litigios pudieran resultar por la falsedad de los mismos.

11º LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES

11.1 En lo no previsto en el presente contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española, salvo en todo lo que afecta al registro y a la titularidad de un nombre de dominio que será de aplicación la normativa de la ICANN y del registrador competente.

11.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato y no se resolviera de mutuo acuerdo o fuese declarado nulo, ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Murcia con renuncia a su propio fuero, si éste fuese otro, en aquellos casos permitidos por las normas procesales.

Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral.

11.3 Si resulta razonablemente posible, el cumplimiento de este Contrato, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral o judicial.

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